El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la condena de dos años de prisión a Toño Sanchís, exrepresentante de Belén Esteban, poniendo un nuevo punto y seguido a uno de los enfrentamientos judiciales más conocidos del panorama televisivo español. La Sala de lo Civil y Penal ha rechazado el recurso presentado por la defensa del exrepresentante y ha ratificado en todos sus extremos la sentencia dictada previamente por la Audiencia Provincial de Madrid.
1La sentencia contra Toño Sanchís
La resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera acreditado que Sanchís cometió un delito continuado de apropiación indebida al quedarse con más de 475.000 euros que correspondían tanto a la colaboradora televisiva como a su sociedad, BEM Imaging S.L.. Junto a la pena de prisión, el tribunal mantiene una multa de siete meses con una cuota diaria de diez euros, lo que supone un total de 2.100 euros, además de la obligación de indemnizar a Belén Esteban en la cantidad definitiva que se determine durante la ejecución de la sentencia.
Con esta decisión, el alto tribunal madrileño respalda íntegramente la valoración realizada por la Audiencia Provincial, rechazando todos los argumentos esgrimidos por la defensa de Toño Sanchís. Los magistrados consideran que la documentación aportada durante el procedimiento, los informes periciales y las declaraciones de los testigos acreditan de forma suficiente los hechos investigados.
El origen del conflicto se remonta al 13 de mayo de 2009, fecha en la que Belén Esteban firmó un contrato de representación artística con Agencia de Servicios Lorant S.L., sociedad gestionada de facto por Toño Sanchís, aunque formalmente figurara como administradora su esposa. A través de ese acuerdo, la empresa asumía la gestión exclusiva de los ingresos obtenidos por la colaboradora gracias a sus colaboraciones televisivas, campañas publicitarias y cesiones de imagen.
El contrato fijaba con claridad el reparto de los ingresos. La agencia podía retener una comisión del 20 %, mientras que el 80 % restante debía transferirse a BEM Imaging S.L., la sociedad mercantil de Belén Esteban. La sentencia destaca que la relación profesional entre ambas partes estaba sustentada en la absoluta confianza que la colaboradora depositó en quien durante años administró prácticamente toda su actividad económica.
Sin embargo, según recoge la resolución judicial, poco después de la firma del contrato comenzó el sistema que dio origen al procedimiento penal. Los magistrados consideran probado que, desde los primeros años de la relación y hasta su finalización en 2015, Toño Sanchís empezó a aplicar comisiones superiores a las pactadas, comunicando a la gestoría importes inferiores a los que realmente correspondían a la sociedad de Belén Esteban y apropiándose de la diferencia.
De acuerdo con los hechos considerados probados, este mecanismo permitió al exrepresentante apropiarse de 362.248,14 euros procedentes de contratos suscritos con empresas como Gestmusic Endemol, RBA Lecturas o La Fábrica de la Tele. A esa cantidad se sumaron 26.620 euros correspondientes a dos facturas que nunca llegaron a cobrarse y que también fueron retenidas.
La investigación no terminó ahí. Durante el procedimiento de rendición de cuentas aparecieron nuevas cantidades que, según recoge la sentencia, también debían haber sido abonadas a la sociedad de Belén Esteban. En concreto, se detectaron otros 86.703,48 euros, elevando el perjuicio económico total reconocido por la Justicia hasta 475.571 euros.







