El Juzgado Penal 14 de Barcelona ha dictado sentencia contra el paparazzi Jordi Martín, imponiéndole un año de cárcel por acosar a Clara Chía, la pareja del exfutbolista del FC Barcelona, Gerard Piqué. Además de la pena de prisión, el juez ha impuesto a Martín una orden de alejamiento y la prohibición de comunicarse con la joven. La sentencia también lo condena por un delito de lesiones, obligándole a indemnizar a la víctima con 13.130 euros, de los cuales 10.000 euros corresponden a daños morales y el resto a los gastos sanitarios derivados de la atención médica que Chía requirió tras la persecución sufrida.
La sentencia que favorece a Clara

Según el fallo judicial, el comportamiento del fotógrafo fue considerado intimidatorio y perturbador para Clara Chía. «El aluvión de actos de vigilancia, persecución, referencias en las redes sociales, y demás descritos, solamente puede ser calificado de actitud intimidatoria, generando el consiguiente amedrentamiento y desasosiego en la destinataria de tales actos», reza la sentencia. El magistrado enfatizó que «la gravedad de la conducta desplegada por el acusado es incuestionable, tanto por los efectos indeseables que sobre la vida de la perjudicada existieron, como por la sintomatología derivada de ello».
El juez consideró probado que entre agosto de 2022 y mayo del año siguiente, Jordi Martín vigiló «de forma insistente y reiterada» a Clara Chía, quien hasta entonces era una persona anónima para el público en general. Lo hizo debido a su relación con Gerard Piqué, presentándose casi a diario en su domicilio particular y en su lugar de trabajo. Martín la persiguió incluso en el garaje y durante sus desplazamientos en coche por Barcelona, siguiéndola a gran velocidad.
¿Qué pasó con el paparazzi?

El paparazzi no se limitaba a esperar a cierta distancia para tomar fotos, sino que buscaba la proximidad física, provocando reacciones adversas para justificar la venta de contenido a medios de comunicación. Estas acciones forzaron a Clara Chía a abandonar la casa de sus padres y a dejar de acudir sola a su lugar de trabajo, debiendo ir siempre acompañada.
La persecución de Jordi Martín no se limitó a la vida real, sino que también se extendió a las redes sociales. Utilizando sus propios canales, el paparazzi facilitó información sobre los perfiles de usuario de Clara Chía, lo que desencadenó un aluvión de mensajes peyorativos hacia ella, principalmente de seguidores y fans de la anterior pareja de Piqué, Shakira. Esto obligó a Chía a cerrar sus perfiles en redes sociales.
El acoso constante afectó significativamente la vida de Clara Chía. La joven dejó de salir sola a la calle y de reunirse con sus amigos en lugares públicos, algo que siempre había hecho. Pasó a ir camuflada, en ocasiones incluso en el maletero de un vehículo, y necesitó acompañamiento para ir al trabajo. Dejó de ir al gimnasio y estuvo tres meses sin poder salir de casa, lo que también la obligó a dejar de acudir a su trabajo. Todos estos actos le generaron una gran sensación de inseguridad.
El magistrado concluyó que la persecución a la que Martí sometió a la víctima causó un «trastorno adaptativo en grado moderado, con repercusión en las áreas vitales personal, laboral y familiar y que para la curación precisa de tratamiento médico en la esfera psíquica».
La novia de Piqué sale beneficiada

En cuanto al equilibrio entre el derecho a la información y el derecho a la intimidad, el juez subrayó que Clara Chía era una joven anónima antes de su relación con Piqué. «El ámbito de privacidad de cada persona viene determinado no solo por su capacidad de exposición hacia los demás, sino también por la voluntad de exponerse», explicó el magistrado. Aunque Piqué es una figura pública, siempre ha mantenido un alto grado de privacidad en su vida personal y familiar, lo que también intentó hacer con su pareja.
El juez destacó que, aunque Martí ejerza de reportero, la información «encuentra su límite en el derecho a la privacidad e intimidad de las personas». Este límite es «más relajado» si la persona se expone voluntariamente, algo que no ocurrió en el caso de Clara Chía.
Por todo ello, el juzgado condenó a Jordi Martín a seis meses de prisión por acoso y seis meses más por lesiones. En el caso de las lesiones, la sentencia acredita «el estado de ansiedad, angustia, estrés postraumático y depresión derivado de estos hechos» que sufre Clara Chía. Contra el fallo cabe recurso ante la Audiencia Provincial.
La sentencia establece un precedente en la protección de la intimidad y seguridad personal frente al acoso mediático, reafirmando la importancia de respetar los límites de la privacidad, especialmente cuando se trata de individuos que no buscan la exposición pública.